El Poder Ejecutivo envió finalmente el proyecto de ley de Competitividad y Reducción del Costo de Vida al Parlamento (entra por el Senado). Tiene más de 200 artículos y es ambicioso en su alcance, aunque complejo y con asuntos muy diversos, que harán intensa la discusión parlamentaria.
El objetivo del ministerio de Economía es reducir costos apuntando a ineficiencias, redundancias o trámites que el Estado puede cambiar para hacerle más fáciles las cosas a las empresas y las personas, y con eso mejorar el desempeño de la economía.
El proyecto es el producto de una consulta amplia a expertos, economistas, abogados, consultoras, cámaras empresariales y -obviamente- los distintos ministerios y dependencias estatales. El propio ministro Oddone ha reconocido que no se trata de una solución definitiva a los problemas de competitividad, pero busca avanzar en esa línea.
En cierta medida, es un intento de “patear el avispero” y sacudir áreas (remover “chacras”) que en algunos casos hace décadas que están instaladas y funcionan de la misma manera cuando hace rato deberían haber cambiado.
En este sentido, la propia divulgación del proyecto genera impacto en sí misma, en la medida que expone problemas que vienen desde hace muchos años en el desempeño del Estado y que -para el público en general- han permanecido en las sombras. Por esto, va a ser interesante ver cómo la propia propuesta genera preguntas y cuestiones derivadas; si se establece una cierta desregulación o facilitación en un sector o área ¿por qué no hacerlo en aquella otra? Además, una vez aprobado habrá que ver cómo se pasa de las buenas intenciones a las buenas reglamentaciones, porque a veces el diablo está en los detalles.
Hay varios artículos que recorren horizontalmente toda la gestión del Estado. Se establece el Silencio Administrativo: si la administración no responde un pedido de autorización en un determinado plazo, la autorización se da automáticamente por dada. También el Trámite Paralelo: salvo disposición legal expresa en contrario, los organismos del Estado no podrán exigir la obtención previa de otras autorizaciones como condición para el ingreso de un trámite, debiendo preverse la tramitación simultánea y coordinada de los diferentes procedimientos asociados a un proyecto o actividad. Si se reglamenta bien, esto evitará tener que andar de una oficina a otra, en circuitos kafkianos.
El artículo 4 introduce otra disposición que puede ser removedora: “los organismos del Estado reconocerán, aceptarán y utilizarán los resultados de procedimientos de evaluación de la conformidad realizados por autoridades regulatorias o entidades de evaluación de otros países, de reconocida trayectoria y solvencia técnica, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación, siempre que ello resulte compatible con la protección del interés general que el procedimiento resguarde. Podrán exigir y realizar una nueva evaluación únicamente cuando existan razones fundadas vinculadas a la protección del interés general. (...) La reglamentación establecerá los criterios de equivalencia técnica (...) procurando que las diferencias meramente formales, documentales, procedimentales o de denominación no constituyan, por sí solas, obstáculo para el reconocimiento cuando se verifique equivalencia sustancial en relación con la finalidad pública protegida”. Dicho en criollo: no la compliques sin necesidad. Veremos.
El proyecto también dedica varios artículos y disposiciones a incorporar tecnología en los trámites (registro online, documentos electrónicos, etc.) y a mejorar particularmente la gestión en el comercio exterior, lo cual tiene impacto en todos los rubros, incluyendo los agronegocios. Se crea la Ventanilla Única Marítima que funcionará coordinada con la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que gestiona Uruguay XXI, para simplificar trámites navieros. También hay varias disposiciones que atañen al sistema financiero y el crédito.
Hay un conjunto de artículos que constituyen un verdadero “proyecto dentro del proyecto”: se trata del capítulo que fortalece y da más autonomía a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (Coprodec); vale recordar que ésta ha tenido protagonismo en varios casos vinculados a los agronegocios, el más notorio en la industria frigorífica.
Específicamente, convierte la Coprodec en un servicio descentralizado y separa las funciones investigativa y decisoria, creando el cargo de Director de Investigaciones.
Parecen disposiciones razonables, aunque promover la competencia sin reconfigurar la actuación comercial del Estado y sus monopolios, no deja de ser profundamente contradictorio.
Sector agropecuario.
El proyecto incorpora varias disposiciones específicas para el agro, producto de planteos del sector y -obviamente- desde el MGAP y la institucionalidad agropecuaria.
En el artículo 20 se crea el Sistema de Registro y Gestión Comercial y Certificación (SRGCC) como plataforma digital integral para la gestión de registros, habilitaciones, certificaciones y operaciones comerciales del sector cárnico y agroindustrial. Funcionará en el ámbito del MGAP, y tendrá por objeto la digitalización integral de los procesos vinculados a la cadena de producción, comercialización y exportación de la industria cárnica, asegurando la calidad, trazabilidad y disponibilidad de la información.
Es un Sistema ambicioso y así lo establece la exposición de motivos: “...la operativa vinculada a los registros, certificaciones y gestión comercial del sector continúa desarrollándose a través de múltiples sistemas administrados por distintos organismos: INAC, MGAP, DNA, VUCE), lo que genera duplicación de controles, mucha documentación en papel, dificultades de coordinación institucional y limitaciones en la calidad y trazabilidad (...) El SRGCC integrará la información relevante en un entorno digital único, promoviendo la automatización de procesos, la estandarización de datos y la interoperabilidad entre los organismos competentes (...) Permitirá digitalizar integralmente las habilitaciones, certificaciones sanitarias y comerciales, implementar mecanismos electrónicos de certificación, fortalecer los procesos de validación y control”.
Obviamente, el asunto puede tener derivaciones importantes. Una de ellas -un pensamiento casi espontáneo- sería mejorar la trazabilidad del ganado para evitar -entre otras cosas- los fraudes ocurridos con los fondos ganaderos. Pero del dicho al hecho hay un trecho.
En otro artículo se encomienda al MGAP (en coordinación con la DGI) hacer un sistema en línea para facilitar el acceso a los créditos fiscales por inversiones o gastos promovidos, para los productores contribuyentes de IMEBA.
Agricultura y bioseguridad.
El artículo 29 establece que “todo certificado de Registro de mercaderías habilitante para su comercialización, basado en criterios técnicos, sanitarios, fitosanitarios o ambientales, tendrá una vigencia mínima de 10 años”, a no ser que haya razones fundadas para una duración menor. Para la renovación “bastará la presentación de una declaración jurada por parte del responsable del registro en la que declare que no se han modificado las condiciones técnicas que motivaron el registro inicial”.
Los artículos 33 al 35 afectan al Sistema Nacional de Bioseguridad (SNB). Por un lado, se facilita el acceso a operadores extranjeros. “Las personas jurídicas radicadas en Estados que integren mecanismos de cooperación internacional en materia de bioseguridad reconocidos por el Poder Ejecutivo, o que cuenten con acuerdos específicos (...) podrán presentar solicitudes y tramitar expedientes ante el SNB sin necesidad de acreditar establecimiento permanente o representación legal en territorio nacional durante la etapa de evaluación técnica regulatoria”. Además, en los trámites ante el SNB la Administración podrá tener por acreditada la documentación previamente presentada y validada ante el MGAP en actuaciones anteriores de la misma persona física o jurídica, siempre que mantenga vigencia y no hayan variado las condiciones relevantes”. Por otra parte, se incorporan expresamente al SNB los microorganismos y los animales genéticamente modificados.
Cambios en INIA.
Los artículos 214 a 220 introducen cambios importantes en el marco normativo del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), valiosa institución que -sin embargo- ha tenido problemas serios recientes en financiamiento y gobernanza.
El artículo 215 habilita al INIA a “crear, adquirir y/o integrar sociedades comerciales, participar en consorcios y/o en fideicomisos u otros instrumentos, a los efectos de promover, generar o transferir tecnología aplicada al sector agropecuario, alimentario y bioeconomía, previa autorización del Consejo Coordinador de Tecnología Agropecuaria”. En el siguiente artículo reitera y profundiza, habilitando a INIA a “constituir empresas, así como adquirir, integrar, administrar y mantener acciones de empresas privadas conforme con los cometidos institucionales, previo informe favorable del Consejo Coordinador de Tecnología Agropecuaria”.
Si bien se entiende el objetivo de captar valor desde la investigación (atento a los problemas financieros), una cosa es la actividad científica y tecnológica, y su promoción, y otra el comercio. Justo cuando está en tela de juicio el alcance del giro empresarial-comercial del Estado y sus empresas. En este plano, el proyecto propone salvaguardas “para asegurar la alineación de estas actividades con los objetivos estratégicos definidos por el Poder Ejecutivo, la adecuada gestión de la propiedad intelectual, la transparencia en la utilización de recursos públicos y la prevención de conflictos de interés”. En efecto, en dicho artículo dice que el gobierno “puede exigir la desvinculación del INIA de las referidas sociedades, en caso de disconformidad”. Bueno fuera… En el trasfondo de todo esto -parece obvio- está el objetivo del gobierno de reducir los aportes al INIA (que por ley deben ser los mismos que hacen los productores), y que se financie con retornos de investigación y propiedad intelectual.
Expectativas. El proyecto es un esfuerzo para aceitar diversas áreas y mecanismos del Estado que -notoriamente- complica la actividad económica. En las reuniones previas entre empresarios, el ministro Oddone señaló que se busca “sacar de la zona de confort” a diversos actores, incluyendo empresarios, que “tienen la vaca atada” . Le respondieron que tal vez tenga razón, pero si alguien tiene algo atado es el Estado y sus empresas monopólicas. “Y no es una vaca, sino todo un feed lot”, le agregaron.