El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) permitirá que los productores inscriptos en el Registro Nacional de productores agropecuarios (Renspa) puedan compartir sus datos a través de la plataforma Directorio creada a los efectos de certificar el origen del producto, por las exigencias de los mercados.
La resolución 1332/2024 dictada este lunes tiene estrecha relación con las exigencias de la Unión Europea (UE) sobre deforestación.
En su primer artículo establece que “Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales. Operatoria a través del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA). Los productores inscriptos en el RENSPA que opten por compartir con alguna de las personas jurídicas inscriptas en el Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales, creado por la Resolución N° RESOL-2024-50-APN-SAGYP#MEC del 1 de octubre de 2024 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la información productiva obrante ante el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) deben elegir, a través de los servicios del SENASA, la opción “Compartir datos” y seleccionar la persona jurídica con la cual desean compartir dicha información. Mediante esa operación se compartirá la información referida a los polígonos de los lotes declarados bajo producción, con su respectivo número de RENSPA”.
Asimismo, establece que “Una vez manifestada su voluntad de compartir la información, esta será puesta a disposición de la persona jurídica seleccionada, operación que podrá realizarse mediante el correo electrónico formalmente declarado en el citado Directorio y/o a través de un web service del SENASA, a elección de la persona jurídica y al solo efecto de su utilización para demostrar la trazabilidad de origen de la producción cuya información se comparta, conforme a lo previsto en la referida Resolución N° RESOL-2024-50-APN-SAGYP#MEC. El listado de las personas jurídicas inscriptas en el mencionado Directorio, que brinde la mentada Secretaría al SENASA, se encontrará publicado en la página web Oficial del aludido Servicio Nacional ( https://www.argentina.gob.ar/senasa )”.
En los considerandos de la resolución, se hace especial hincapié que “Que el Reglamento (UE) 2023/1115 del 31 de mayo de 2023 del Parlamento Europeo y del Consejo de la UNIÓN EUROPEA (UE), con vigencia a partir del 30 de diciembre de 2024, establece como obligación para los operadores y comerciantes, en forma previa a la introducción de los productos en la UE, la presentación de una declaración de diligencia debida que certifique que estén libres de deforestación y hayan sido producidos conforme la legislación del país de producción”.
En la misma línea, agrega que “en tal sentido, a través de la Resolución N° RESOL-2024-50-APN-SAGYP#MEC del 1 de octubre de 2024 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se crea el Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales, en el ámbito de la citada Secretaría, que tiene por objeto identificar, sistematizar y promover los esquemas de diferenciación para la agroindustria, tanto de índole pública como privada, que requieran para optimizar, mejorar o eficientizar sus procesos y/o para fundamentar la alegación de atributos sobre los sistemas productivos argentinos, el acceso a distintas fuentes de información pública para dar cumplimiento a estándares y/o regulaciones internacionales, facilitando el proceso exportador. Que la inscripción en el mencionado Directorio permite el acceso a la información disponible en determinadas bases de datos, registros y/o sistemas del ESTADO NACIONAL y sus Organismos descentralizados, en un formato accesible generado con el nivel de desagregación que requiera la norma a cumplir, y las personas jurídicas inscriptas en él serán responsables de garantizar la seguridad de la información y la protección de los datos personales a los que tengan acceso”.
Extraído de Valor Agro Argentina