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Proyectos de pasturas y herramientas biológicas en el suelo serán incorporadas a la Ley de Inversiones

A partir del 1° de enero de 2022

suelo, pastura, pasto. Foto Manuela García Pintos

El senador nacionalista Sebastián Da Silva impulsó la modificación a dos artículos de la ley N° 16.906, Ley de Promoción de Inversiones, del 7 de enero de 1998. La semana pasada se votó, en la Rendición de Cuentas, para incorporar a los proyectos de inversión a las pasturas y herramientas biológicas en el suelo. Las mismas entrarán en vigencia el 1° de enero de 2022. Con esto, se espera “una revolución de kilos de carne y litros de leche”.

De está manera se incluirán como inversiones promovibles aquellas que se hagan para realizar pasturas y otras herramientas que garanticen la actividad biológica en los suelos de los establecimientos agropecuarios.

La modificación agrega al artículo 7 el siguiente literal: “F) Inversiones en pasturas y demás herramientas que promueven la actividad biológica de los suelos. El Poder Ejecutivo establecerá las condiciones que deben cumplir las citadas inversiones para quedar comprendidas en el presente literal”.

A su vez, en el artículo 9 de la ley 16906 se agrega: “Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar en forma general, para los sujetos definidos en el artículos 6, los siguientes beneficios: A) Exoneración del Impuesto al Patrimonio en las condiciones establecidas en el literal A) del artículo anterior a los bienes comprendidos en los literales C) a F) del artículo 7; B) Establecimiento, a los efectos de los impuestos a las rentas de la industria y comercio, a las rentas agropecuarias y al Patrimonio de un régimen en depreciación acelerada para los bienes comprendidos en los literales A) a F) del artículo 7”.

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