El organismo remarcó que el registro tiene carácter obligatorio para todas las empresas que desarrollan actividad comercial vinculada a los rubros hortícola, frutícola y florícola, incluyendo además a productores de sandía y maní del noreste, olivicultores, citricultores y productores de nueces y cultivos no tradicionales como granada, arándanos, kiwi e higos.
DIGEGRA señaló que únicamente serán consideradas inscripciones fuera de plazo cuando las unidades productivas acrediten haber iniciado actividades con posterioridad al mes de junio. Para ello será obligatorio presentar documentación emitida por la Dirección General Impositiva (DGI) que certifique tanto la fecha de inicio de actividad como el giro correspondiente.
La actualización o inscripción en el RNFH constituye un requisito excluyente para acceder a diversas herramientas de apoyo impulsadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP). Entre los instrumentos disponibles se encuentran los subsidios para seguros granjeros, implementados en convenio con el Banco de Seguros del Estado (BSE), así como las convocatorias a Planes de Negocio, devoluciones de IVA en la compra de gasoil para pequeños productores rurales y apoyos extraordinarios ante situaciones de emergencia.