El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca estableció la vacunación obligatoria contra la Influenza Aviar altamente patógena a partir del 2 de mayo de 2023, para Gallus gallus domesticus reproductoras livianas, pesadas y ponedoras de establecimientos comerciales.
La resolución establece además que la estrategia de distribución de vacunas y su control será determinada por la División Sanidad Animal.
La influenza aviar es una enfermedad extremadamente contagiosa, de alta mortalidad y propagación que afecta aves de corral, pero también más de 100 especies silvestres, principalmente aves acuáticas y/o costeras como patos, gansos, cisnes, gaviotas y golondrinas de mar, cigüeñas, pingüinos, entre otras, inclusive mamíferos.
Uruguay lleva 10 focos de influenza aviar, pero hasta el momento sólo se registraron casos en aves de transpatio y fauna silvestre. Todas las sospechas deben ser notificadas al MGAP aunque la enfermedad no afecta el consumo de carne aviar y huesos. El contacto con aves enfermas de influenza puede afectar al hombre, por lo que se exhorta a la población a notificar la presencia de aves muertas o con sintomatología nerviosa, digestiva o respiratoria.
Asimismo, se exhorta a productores y veterinarios de libre ejercicio a estar alertas y denunciar frente a la constatación de casos sospechosos. No se pueden trasladar aves muertas o enfermas. Notificaciones de sospechas se hacen a través de los correos avesnotificaciones@mgap.gub.uy, denuncias.dinabise@ambiente.gub.uy o a las oficinas zonales locales del MGAP.