Elías García | Gerente de Nopitsch y Asociados.
El pasado 23 de diciembre de 2025 se publicó el Decreto N° 329/025, que introduce modificaciones relevantes al Régimen General de Promoción de Inversiones en Uruguay. Si bien mantiene la estructura básica del régimen anterior, incorpora cambios que vale la pena analizar, especialmente para los proyectos del sector agropecuario.
A continuación, repasamos los principales aspectos a considerar para quienes estén evaluando presentar un proyecto de inversión en los próximos meses.
Inversiones elegibles. No hay grandes cambios. Los bienes muebles deberán tener un valor unitario mínimo de aproximadamente USS 250 (antes US$ 85), y estar directamente vinculados a la actividad declarada.
Se mantienen la promoción de vehículos utilitarios, camionetas y furgones, con un tope de valor CIF de US$ 30.000, que se eleva a US$ 60.000 en el caso de ser eléctricos.
Para el agro, se incorporan como inversiones elegibles reproductores vacunos y ovinos, así como embriones y semen destinados a mejoras genéticas, junto con otros activos biológicos que determine COMAP.
Cronograma de inversiones. Reducción de plazo para determinados Proyectos.
Las inversiones deben realizarse dentro de los cinco ejercicios posteriores a la presentación del proyecto, pudiendo computarse las efectuadas hasta seis meses antes (con un tope del 20% del total elegible). Para proyectos con inversiones superiores a UI 180.000.000 (aprox USD 30 millones), puede solicitarse una extensión del plazo hasta diez ejercicios.
Beneficios fiscales. Se mantienen respecto del régimen anterior, incluso el tope del 90% del IRAE por ejercicio.
Matriz de Indicadores. Se mantienen los indicadores de Generación de Empleo, Descentralización, Aumento de Exportaciones e I+D+I con algunos cambios en la ponderación y forma de cálculo. El indicador Tecnologías limpias se modifica por el de Sostenibilidad Ambiental que es muy similar en lo que refiere a los conceptos incluidos y forma de cálculo.
Indicadores sectoriales. Se redefine bajo el concepto de Indicador Estratégico y apunta a impulsar actividades que se consideren estratégicas para el país.
Se incorpora un nuevo indicador que significa un incentivo transversal para todos los sectores, Componente de Industria Nacional. Este indicador premia el uso de maquinaria, equipos y materiales de obra civil de origen nacional. El puntaje depende del peso que tengan estos bienes nacionales dentro de la inversión total.
En cuanto a los indicadores evaluados por MEF no cuentan con indicadores específicos como sí ocurría en el régimen anterior.
En el caso de los proyectos evaluados por el MGAP, se destacan cuatro líneas de especial interés: riego, mejora en la producción ganadera, protección del campo natural y pesca y acuicultura.
Se puede optar por más de un indicador estratégico, salvo en el caso de Mejora de la Producción Ganadera, que solo puede solicitarse en conjunto con el indicador de Protección del Campo Natural.
Cronograma de indicadores. Para el indicador de empleo aumentó a 5 años, para el resto de los indicadores se mantiene en 3 años.
Márgenes de Tolerancia - Se reduce a 10% el margen de tolerancia (antes 20%).
Otros beneficios. Incentivos Adicionales para micro, pequeñas y medianas empresas: Las micro y pequeñas empresas (19 empleados y ventas anuales menores a UI 10 millones - US$ 1.7 millones) acceden a un 15% adicional de exoneración de IRAE y a dos años extra para utilizar el beneficio, mientras que las empresas medianas (hasta 50 empleados y ventas menores a UI 75 millones - US$ 12.5 millones) obtienen un 10% adicional y un año adicional de plazo.
Incentivos. Pueden acceder a una exoneración del 100% del IRAE sobre la inversión elegible y al plazo máximo de exoneración, siempre que cumplan:
- Inversiones mayores a UI 180.000.000 (aprox USD 30 millones): El proyecto debe presentarse antes del 31/12/2027, ejecutarse antes del 31/12/2029, y alcanzar al menos 5 puntos en Generación de Empleo y 4 puntos en I+.
- Inversiones mayores a UI 300.000.000 (aprox USD 50 millones): El proyecto debe presentarse antes del 31/12/2028, ejecutarse totalmente antes del 31/12/2031, y cumplir los mismos puntajes mínimos en Empleo e I+.
Incentivos para usuarios de parques industriales y parques científico-tecnológicos - Se mantienen los mismos beneficios.
Ampliaciones de proyectos. El decreto autoriza hasta tres ampliaciones de un proyecto de inversión promovido, que pueden presentarse durante el plazo de ejecución de las inversiones o hasta el segundo ejercicio posterior a la declaratoria promocional, según el plazo más extenso. Las ampliaciones se admiten según el monto invertido: hasta el 10% no requieren indicadores adicionales, y entre el 10% y el 50% exigen un aumento del puntaje de indicadores.
Fechas clave y ventana de oportunidad. El nuevo régimen entra en vigencia el 1° de febrero de 2026. Hasta el 30 de abril de 2026 habrá un “período ventana” en el que podrán presentarse proyectos tanto bajo el nuevo decreto como bajo el régimen anterior y readecuar al nuevo régimen los proyectos presentados desde el 1° de agosto de 2025. Esto abre una oportunidad para evaluar estratégicamente cuál régimen conviene más según el perfil del proyecto.
En síntesis, el nuevo decreto mantiene los pilares del régimen de promoción de inversiones, pero introduce mayor foco en calidad de la inversión, sostenibilidad, productividad y pymes. Para el agro, se abren oportunidades interesantes, aunque con reglas más exigentes que hacen imprescindible un buen diseño del proyecto desde el inicio.