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Prórroga en la vacunación contra la fiebre aftosa y nuevas disposiciones sanitarias para el rodeo bovino

El MGAP extendió el período de vacunación contra la fiebre aftosa hasta el 30 de abril de 2025 debido a demoras en la importación de dosis. Además, estableció restricciones para la concentración y movimiento de ganado, reforzó controles sanitarios y advirtió sobre sanciones en caso de incumplimiento

Vacunación aftosa
Vacunación aftosa
Manuela García Pintos.

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) anunció la prórroga del período de vacunación obligatoria contra la fiebre aftosa, extendiendo la campaña del 1 al 30 de abril de 2025. Esta medida deja sin efecto la resolución anterior que establecía el plazo original entre el 15 de marzo y el 15 de abril. La decisión responde a demoras en la importación de las vacunas debido a razones de fuerza mayor, según detalla la resolución DGSG Nº 058/2025 de la Dirección General de Servicios Ganaderos.

En línea con esta modificación, se establecen nuevas disposiciones sanitarias para la comercialización y el movimiento de bovinos. Entre el 1 y el 10 de abril, se prohíbe la realización de eventos de concentración de ganado, como remates feria y exposiciones. No obstante, se permitirá la concreción de ventas que no impliquen movimiento de animales, como los remates por pantalla. Asimismo, los bovinos destinados a faena podrán ser movilizados siempre que cuenten con la vacunación de los dos períodos anteriores. A partir del 1 de mayo, deberán haber sido inmunizados con la dosis correspondiente a la nueva campaña, con un plazo mínimo de 10 días de aplicación antes de su traslado.

La vacuna será proporcionada gratuitamente por el MGAP y entregada a los productores previa presentación del formulario de registro de utilización de productos veterinarios. Los Servicios Ganaderos Zonales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (CODESAs) determinarán los predios que serán declarados de vigilancia prioritaria, cuyo listado deberá ser remitido a la Dirección General antes del 14 de marzo para su declaración oficial.

El control de la vacunación será llevado a cabo por los Servicios Zonales del MGAP, en coordinación con las CODESAs de cada departamento. El incumplimiento de las disposiciones establecidas dará lugar a sanciones conforme a la normativa vigente, incluyendo lo dispuesto en la Ley N° 13.835 y sus modificaciones.

Con esta prórroga y el refuerzo de los controles sanitarios, el MGAP busca garantizar la inmunización del rodeo y mantener el estatus sanitario del país, clave para la exportación de carne y la protección del sector ganadero.

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