El Poder Ejecutivo a través del Boletín Oficial, dio vigencia a partir de este lunes a la baja de los derechos de exportación (DEX) –retenciones-.
La medida será temporal, tal como se había anunciado, hasta el 30 de junio del presente año, a excepción de las retenciones para las economías regionales, que se eliminan en forma permanente.
La novedad que apareció en el decreto firmado por el propio presidente de la Nación, Javier Milei es que para acceder a esta quita de retenciones de los principales cultivos, los exportadores deberán liquidad el 95 % de las divisas en los 15 días hábiles desde que se realiza la Declaración Jurada de Ventas al Exterior (DJVE). Vencido ese plazo se deberá tributar el DEX anterior a esta resolución.
“Los sujetos que exporten las mercaderías que se encuentren comprendidas en las previsiones de la Ley N° 21.453 y sus modificaciones podrán acceder a la alícuota establecida en los términos del párrafo precedente en la medida que, adhiriendo a dicho beneficio a través de los mecanismos que a tal efecto establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), liquiden al menos el noventa y cinco por ciento (95%) de las divisas respecto de esas mercaderías en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta quince (15) días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa”, dice el decreto 38/2025.
Y agrega “Vencido el plazo al que se refiere el primer párrafo de este artículo o de no cumplimentarse lo previsto en el párrafo anterior, deberá tributarse la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigencia de la presente medida”.
La medida que se oficializa ahora, deja las siguientes alícuotas: Soja: 26% (antes 33), maíz, trigo, cebada y sorgo: 9.5% (antes 12), girasol: 5.5% (antes 7), derivados de la soja: 24.5% (antes 31).
Se eliminan las retenciones para aquellas economías regionales que aún tributaban como azúcar, algodón, arroz, foresto industria y cuero bovino, entre otras.
Debido a esta norma, algunos analistas, en base a la temporalidad, califican la medida como un Dólar Soja con fecha de vencimiento al estilo del ex ministro Sergio Massa. Esa es la opinión de Pablo Adreani (ver nota en Valor Agro y Agro del Sur).
Un punto a definir por el Poder Ejecutivo es qué va a pasar con la soja importada de Paraguay (principalmente), Brasil, Bolivia y Uruguay.
Este tema se conocerá más en profundidad, luego del encuentro que mantendrán este lunes representantes del gobierno nacional con la Cámara de la Industria Aceitera y el Centro de Exportadores de Cereales (Ciara-Cec).